Según esta aprobación, se especifica que en la red de carreteras del Estado, deberán construirse o modificarse a estas medidas, no que los que estén construidos de otra manera sean 'ilegales', sólo que se deberán acondicinar.
Si el ayuntamiento en cuestión así lo aprueba, pues 'legales' son. En el caso de alguna incidencia, siempre podrás reclamar exponiendo la normativa del Estado como la aconsejable.
Y efectivamente, lo único 'obligatorio' a mantener es la señalización: situación de las señales verticales y / u horizontales, tipo de pintura, etc, exceptuando los colores de la pintura 'de relleno' en los pasos de cebra por ejemplo.