Vamos con las últimas noticias. Como seguramente habréis escuchado, a partir de ayer, y durante las próximas semanas, entrarán en vigor una batería de medidas que afectan a todos los conductores.
La más sonada puede ser la denominada 'Operativa 7': desde el pasado Enero, la DGT ha homogeneizado los márgenes de tolerancia para todos los radares de su ámbito de competencia, tanto fijos como móviles. Esta medida que estuvo en pruebas en Galicia el verano pasado significa que a partir de ahora sólo se concederá un margen de 7Km/h para vías de velocidad inferior a 100, y del 7% para el resto (anteriormente se permitía un margen de entre 10 y 20 Km/h o el 10% según estimara cada comunidad o agrupación de tráfico).
Si se te dan mal las cuentas, tabla resumen de velocidades a partir de las cuales te harán un selfi (no se aplica para los sistemas de medición aérea Pegasus)
Otra de las medidas se centrará en
sacarle los cuartos vigilar por la seguridad de los conductores al volante de vehículos de carga. A partir de ahora los radares pueden multar según el tipo de vehículo y su límite de velocidad específico. Eso significa que los conductores de camiones, furgones, etc., podrán ser multados a partir de las siguientes limitaciones:
Autovía - Autopista | Autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables
| 100Km/h |
Autovía - Autopista | Camiones, vehículos articulados, tractocamiones, furgones y automóviles con remolque de hasta 750 kilogramos | 90Km/h |
Carretera convencional | Autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables
| 90Km/h |
Carretera convencional | Camiones, tractocamiones, furgones, vehículos articulados y automóviles con remolque | 80Km/h |
Resto de vías fuera de poblado | Autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables
| 80Km/h |
Resto de vías fuera de poblado | Camiones, tractocamiones, furgones, vehículos articulados y automóviles con remolque | 70Km/h |
Esta medida estaría en pruebas ya, y según rumores será definitiva antes de finalizar 2015.
Se trasladarán los radares fijos a las zonas de alta siniestralidad, y unos 30 de los ya instalados se convertirán en radares de tramo (para esto último, la carretera deberá contar con instalación de fibra óptica).
Se continuará con el Plan Integral de Vigilancia iniciado a finales de 2014: si te paran por exceso de velocidad realizarás también las pruebas de alcoholemia y drogas además de acreditar la posesión de un seguro e ITV en vigor.
Si eres conductor profesional y eres cazado varias veces, la DGT comunicará a la Dirección General de Transporte Terrestre la infracción para que realice las investigaciones pertinentes sobre la empresa. Además se estaría estudiando la posibilidad de imponer sanciones adicionales cuando el cazado sea re-incidente (por ejemplo: 4 multas por exceso de velocidad al año) que podrían consistir en cursos de formación, revisiones psicotécnicas o el tradicional dinero.
Por otra parte, con el fin de desmitificar el afán recaudatorio de la DGT, la Directora de Tráfico María Seguí anunció nuevos protocolos para la identificación de los controles de velocidad. Además de la ya habitual señal anunciando los radares fijos, los radares móviles emplazados en las cunetas también deberán estar señalizados:
En la Web de la DGT se publicarán regularmente los 1200 tramos en los que se intensificará la vigilancia de la velocidad, información que será accesible tanto a conductores como a proveedores de navegadores, sumándose así a la lista de los radares fijos que tienen desde hace algunos años.
Dar visibilidad a los radares, tanto fijos como a los móviles. Se acabaría así con las cámaras escondidas detrás de columnas, marquesinas, setos, etc., y agentes buscando setas de temporada:
Además de todo lo anterior, deberán situarse (en el caso de los móviles) en lugares que no representen un peligro para la integridad de los agentes como del resto de usuarios de la vía.
Hecha la ley, hecha la trampa. Lo que no explica abiertamente María Seguí son las lagunas que estas medidas tienen el pro de sus arcas. La señalización y visibilidad de los radares no es de aplicación para los Pegasus de los helicópteros ni para los que se encuentren en movimiento.
Además, gracias a la inclusión de este artículo en la Reforma de la Ley de Seguridad Vial aprobada el año pasado:
"Se permite, excepcionalmente, que los agentes denuncien sin parar e identificar al conductor cuando estén realizando labores de vigilancia y control y no dispongan de medios para perseguir y detener al infractor."permite que seas sancionado sin la necesidad de informarte en el acto, porque la presunción de veracidad de los agentes hace legalmente innecesaria la detención del infractor.
Se da la casualidad que una calca de este artículo ha sido declarado ilegal por el Tribunal Supremo en el caso sobre la Modificación de la Ordenanza Municipal de Movilidad del Ayto. de Madrid, y por el cual este debería devolver importes y puntos de alrededor de 600000 sanciones impuestas entre 2010 y el verano pasado (fecha de entrada en vigor de la Reforma de la Ley de Seguridad Vial) que incluyen este alegato.
Fuentes:
http://www.dgt.es/es/prensa/notas-de-prensa/2015/20150219-La-DGT-pone-en-marcha-nuevas-medidas-para-la-gestion-de-la-velocidad.shtmlhttp://www.aeaclub.org/que-es-aea/exitos/609-denuncias-diferido-ayuntamiento-madridhttp://www.autofacil.es/radares-multas/2015/01/28/dgt-ahora-fija-objetivo-furgonetas-camiones-autobuses/23017.htmlhttp://www.autofacil.es/radares-multas/2015/02/19/dgt-anuncia-avisara-radares-incluidos-moviles/23478.htmlhttp://www.autofacil.es/trafico/2015/02/19/radares-dgt-afectan-cambios-2015/23504.html