http://www.expansion.com/agencia/efe/2011/12/12/16780298.htmlUna sentencia deja sin efecto una multa por llevar un detector de radar
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AEA recuerda que en la actualidad sólo están prohibidos los inhibidores y "cualesquiera mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico", entre los que no se encuentran los detectores porque no provocan interferencias ni impiden la medición de los radares.
A este respecto recuerda que los avisadores no utilizan el espacio radioeléctrico para localizar un radar, sino que se basa en información estática introducida de antemano en el navegador.
Los detectores de radar sí utilizan el espacio radioeléctrico mediante una señal que le es devuelta si localiza un radar activo sin alterar su funcionamiento ni anular su señal.
Ello supone que si el automovilista no levanta el pie del acelerador y sobrepasa la velocidad permitida el radar le captará y se formulará la denuncia.
Los inhibidores, por el contrario, no sólo detectan el radar, sino que anulan su funcionamiento impidiendo que pueda captarse la infracción, por lo que es el único dispositivo que está prohibido.